ACUERDO GUBERNATIVO  231-2007

Aprueba las diligencias de inscripción de posesión a favor del Estado sobre un área de terreno ubicada en el caserío Pueblo Nuevo municipio de San Juan Ostuncalco, departamento de Quetzaltenango.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 231-2007

Guatemala, 15 de junio de 2007.


EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA


CONSIDERANDO:

Que el Estado de Guatemala ha mantenido en forma pacífica, pública, continua y de buena fe la posesión de un inmueble con una extensión de 1705.8924 metros cuadrados, carente de registro, ubicado en el caserío Pueblo Nuevo, el cual fue cedido por la municipalidad de San Juan Ostuncalco, departamento de Quetzaltenango, posesión que debe declararse e inscribirse en el Segundo Registro de la Propiedad, en virtud de haberse adquirido mediante cesión que consta en la Escritura Pública número 1208 de fecha 16 de diciembre de 1980, autorizada por el Notario Eduardo Marcial Prado García, Escribano de Cámara y de Gobierno;


CONSIDERANDO:

Que en el expediente identificado con el número M-632-2002 de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, se ha seguido el procedimiento señalado en el Decreto Ley número 141-85 del Jefe de Estado, en donde se le notificó a los colindantes y se le confirió audiencia a la Procuraduría General de la Nación, por lo que habiéndose cumplido con los requisitos que señala la ley, es procedente se emita la disposición legal que declare a favor del Estado de Guatemala, la posesión del citado inmueble e inscriba en el Segundo Registro de la Propiedad;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala;


ACUERDA:

 
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