ACUERDO MINISTERIAL  35-2006

Autoriza que a partir del 01 de enero de 2006, las modificaciones al Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 35-2006

Guatemala, 18 de agosto de 2006.


LA MINISTRA DE FINANZAS PUBLICAS,


CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo Gubernativo No. 240-98, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, artículo 8, establece que, para la correcta y uniforme formulación, programación, ejecución, control, evaluación y liquidación de los presupuestos de cada periodo fiscal, es obligatoria, entre otros instrumentos técnico legales, la aplicación del "Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala".


CONSIDERANDO:

Que como parte de los instrumentos técnicos que sustentan el Sistema Presupuestario, el "Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala", fue aprobado por el Ministerio de Finanzas Públicas, en su calidad de ente rector del referido sistema, mediante Acuerdo Ministerial Número 215-2004 de fecha 30 de diciembre de 2004, y que, con el propósito que el mismo se adecue a la realidad presupuestaria y financiera de las entidades que conforman el Sector Público de Guatemala, dicho instrumento continuamente es objeto de revisión y actualización, circunstancia por la cual es preciso autorizar las modificaciones correspondientes en sus distintas clasificaciones, para que las mismas sean implementadas en las etapas que integran el ciclo presupuestario, emitiéndose para el efecto la disposición legal que en derecho corresponde.


POR TANTO:

Con fundamento en lo que establece el Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo, artículos 23 y 27 inciso m), lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 9 y 80, y lo que estipula el Acuerdo Gubernativo No. 240-98, Reglamento de la citada ley, artículo 8,


ACUERDA:

 
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