ACUERDO MINISTERIAL  425-2005

Crea la Unidad Especial de Ejecución de Proyectos para Recuperación del Entorno Rural, en adelante UESEPRE, adscrita al Despacho del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación.


ACUERDO MINISTERIAL No. 425-2005

Edificio Monja Blanca: Guatemala, 25 de julio de 2005.

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN


CONSIDERANDO:

Que es deber del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, atender los asuntos concernientes al régimen jurídico que rige la producción agrícola, pecuaria e hidrobiológica, esta última en lo que le compete, así como aquellos que tienen por objeto mejorar las condiciones alimenticias de la población, la sanidad agropecuaria y el desarrollo productivo nacional.


CONSIDERANDO:

Que entre las funciones que tiene a su cargo el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, están: Formular y ejecutar participativamente la política de desarrollo Agropecuario, de los recursos hidrobiológicos, estos últimos en lo que le corresponde, Proponer y velar por la aplicación de normas claras y estables en materia de actividades agrícolas, pecuarias y fitozoosanitarias, y de los recursos hidrobiológicos, estos últimos en lo que le corresponda, buscando la eficiencia y competitividad en los mercados y teniendo en cuenta la conservación y protección del medio ambiente; Impulsar el desarrollo empresarial de las organizaciones agropecuarias, pecuarias e hidrobiológicas, estas últimas en lo que le corresponde, para fomentar el desarrollo productivo y competitivo del país.


CONSIDERANDO:

Que uno de los principios básicos de la política agropecuaria y sectorial, es el principio de subsidiaridad, el cual establece que: El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, como ente rector del sector, y sus instituciones que lo conforman tendrán una presencia en la promoción y ejecución temporal de acciones complementarias a los esfuerzos propios de la población agropecuaria organizada, cuando esta no se baste a sí misma para lograr su propio desarrollo, comprendiendo aspectos económicos y sociales que den permanencia en el tiempo a los programas de desarrollo agropecuario y rural.


CONSIDERANDO:

Que el deterioro del entorno rural, requiere acciones inmediatas para revertirlo, especialmente lo relacionado con el manejo de basuras y desechos sólidos, cuidado de fuentes de agua manejo y recuperación del recurso forestal, mediante la utilización de mano de obra local remunerada, así como empresas locales y regionales que apliquen para la ejecución de éstos proyectos, a fin de mejorar las condiciones que permitan viabilidad, competitividad e inocuidad de la producción a obtenerse en los lugares y regiones de intervención.


CONSIDERANDO:

Que la recuperación del entorno rural y la realización de las actividades descritas son complementarias para la efectiva aplicación de la política agropecuaria y sectorial; por lo tanto se hace necesaria la creación de un órgano específico dentro del esquema administrativo del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación que contribuya a Impulsar y apoyar la ejecución de planes, proyectos e intervenciones orientadas a su cumplimiento


POR TANTO:

Con fundamento en lo que establecen los artículos 25, 27, 29 de la ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República, 6o y 39 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo No. 278-98, de fecha 20 de mayo de 1,998, y sus reformas


ACUERDA:

 
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