EXPEDIENTE  1122-2005

Suspensión provisional de los artículos que se indican del Código Penal.

EXPEDIENTE 1122-2005

Oficial 3º. de Secretaría.

Asunto: Inconstitucionalidad General Parcial. Solicitante: MARIO ROBERTO FUENTES DESTARAC. Norma Impugnada: ARTÍCULOS 411, 412 Y 413 DEL CÓDIGO PENAL.

CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, ocho de junio de dos mil cinco. Se tiene a la vista para resolver, la acción de Inconstitucionalidad General Parcial de los artículos 411, 412 y 413 del Código Penal, promovida por Mario Roberto Fuentes Destarac.


CONSIDERANDO

El artículo 138 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad establece: "...la Corte de Constitucionalidad deberá decretar, de oficio y sin formar artículo, dentro de los ocho días siguientes a la interposición, la suspensión provisional de la ley, reglamento o disposición de carácter general si, a su juicio, la inconstitucionalidad fuere notoria y susceptible de causar gravámenes irreparables...". En el presente caso, esta Corte estima que concurren los supuestos que prevé la norma legal precitada, razón por la cual, se decreta la suspensión provisional de la disposición impugnada tal como se indica la parte resolutiva del presente auto.


CITA DE LEYES

Artículo citado y 139 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.


POR TANTO

 
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