ACUERDO GUBERNATIVO  875-98

Declara de urgencia nacional, la reparación, reacondicionamiento y rehabilitación de los muelles de la Empresa Portuaría Quetzal.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 875-98

Guatemala, 27 de noviembre de 1998.


El Presidente de la República,


CONSIDERANDO:

Que el catorce de agosto de mil novecientos noventa y ocho, durante una maniobra de atraque el buque HANSA STRALSUND de bandera liberiana, impactó con el muelle de Puerto Quetzal, destruyendo siete bitas y dos defensas del muelle comercial, dañando considerablemente sus cimientos y su estructura a parte de ello, en virtud de que el buque perdió su control destruyó también el extremo oeste del muelle auxiliar sur, provocando derramamiento de aceite en la dársena del puerto; obstaculizando las operaciones portuarias y comerciales normales de Puerto Quetzal, por lo que es necesario y urgente dictar las medidas que contribuyan al reestablecimiento de los servicios públicos que se estan en la Empresa Portuaria Quetzal.


CONSIDERANDO:

Que la Ley de Contrataciones del Estado contenida en el Decreto No. 57-92 del Congreso de la República en su artículo 44, contempla los casos de excepción en los que no sera obligatoria la licitación ni la cotización para la compra y contratación de bienes, suministros, obras y servicios que sean necesarios y urgentes para resolver situaciones de interés nacional, como en el presente caso.


CONSIDERANDO:

Que para el efecto se cuentan con los dictámenes favorables de la Contraloría General de Cuentas, la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia, y del Ministerio de Finanzas Públicas, por lo que es procedente dictar la presente disposición.


POR TANTO:

En ejercicio de la función que le confiere el artículo 183 inciso e) de la Constitución Política de la República y con base en lo dispuesto en los artículos 44 numeral 1 subnumeral 1.3 de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto No. 57-92 del Congreso de la República; y 18 de su Reglamento, Acuerdo Gubernativo No. 1056-92 del 22 de diciembre de 1992.


EN CONSEJO DE MINISTROS


ACUERDA:

 
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