ACUERDO GUBERNATIVO  11-04-1956

Modifica al Reglamento al Decreto Número 536, Reglamento de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Fermentadas.

Palacio Nacional: Guatemala, 11 de abril de 1956.

El Presidente de la República,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 95 del Decreto número 536 del Congreso de la República, en apoyo de la industria nacional, exceptúa de estos a los alcoholes desnaturalizados; que la fórmula general que se emplea en la actualidad para desnaturalizar alcoholes que reexpenden libre de impuestos, es a base de substancias que no llenan la función de impedir que se usen para otros fines que no sean los industriales; que al dar a los alcoholes desnaturalizados empleos diferentes - convertidos en bebida y otros usos ilegales - se perjudican la salud pública y los intereses fiscales, industriales y comerciales; y que, sin dejar de impulsar la industria, es urgente corregir el uso indebido de los alcoholes desnaturalizados, en atención a los preceptos contenidos en los artículos 40 y 41 de la Constitución de la República;

POR TANTO,

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