ACUERDO GUBERNATIVO  315-2004

Autoriza el despliegue del contingente guatemalteco a la República de Haití, en la Misión de Naciones Unidas para la Estabilización de Haití (MINUSTAH).

ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 315-2004

Guatemala, 14 de octubre de 2004.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece las relaciones con otros Estados, de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados.

CONSIDERANDO:

Que los principios de cooperación por la Paz Mundial quedan como un compromiso establecido en el artículo 43 de la Carta de Naciones Unidas: "Todos los Miembros de las Naciones Unidas, con el fin de contribuir al mantenimiento de la paz y la seguridad internacional, se comprometen a poner a disposición del Consejo de Seguridad, cuando éste lo solicite, y de conformidad con un convenio especial o con convenios especiales, las fuerzas armadas, la ayuda y las facilidades, incluso el derecho de paso, que sean necesarias para el propósito de mantener la paz y la seguridad internacional".

CONSIDERANDO:

Que con fecha doce de noviembre del dos mil tres se firmó el Memorándum de Entendimiento por parte de la misión del Gobierno de Guatemala ante las Naciones Unidas, en donde se adquirió el compromiso de participación del Ejército de Guatemala en Operaciones de Paz.

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en sus resoluciones 1529 y 1542 de fechas veintinueve de febrero y treinta de abril, ambas del año dos mil cuatro, respectivamente, exhorta a los estados miembros a que apoyen el proceso constitucional de carácter político y sucesorio abierto en Haití y la promoción de una solución pacífica y duradera a la crisis actual, autorizando el despliegue inmediato de una Fuerza Multinacional Provisional.

CONSIDERANDO:

Que en las funciones reguladas en los artículos 182, 183 y 246 de la Constitución Política de la República de Guatemala; se establece que el Presidente de la República es el Jefe del Estado de Guatemala y dentro de sus funciones y atribuciones se encuentran las de ejercer el mando de las Fuerzas Armadas de la Nación; dirigir la política exterior y las relaciones internacionales, celebrar, ratificar y denunciar tratados y convenios de conformidad con la Constitución; asimismo se establece que es el Comandante General del Ejército y tiene como atribución decretar la movilización y desmovilización.

POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 183 incisos c) y e) de la Constitución Política de la República, y con fundamento en los artículos 244, 246 y 250 de la citada ley Suprema.

ACUERDA

Autorizar el despliegue del contingente guatemalteco a la República de Haití, en la Misión de Naciones Unidas para la Establización de Haití (MINUSTAH).

 
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