ACTA  27-2004.3

Ordenanza para modificar en forma total las tasas administrativas y por servicios públicos, rentas por aprovechamiento privativo de bienes Municipales, multas y demás ingresos de naturaleza no Tributaria.

ACTA NÚMERO 027-2004


CORPORACIÓN MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE
SANTA LUCÍA UTATLÁN, DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ

ACUERDASE EMITIR ORDENANZA PARA MODIFICAR EN FORMA TOTAL LAS TASAS ADMINISTRATIVAS Y POR SERVICIOS PÚBLICOS, RENTAS POR APROVECHAMIENTO PRIVATIVO DE BIENES MUNICIPALES, MULTAS Y DEMÁS INGRESOS DE NATURALEZA NO TRIBUTARIA.

--- El Infrascrito Secretario Municipal, de La Municipalidad de Santa Lucía Utatlán, del Departamento de Sololá, Certifica: Haber tenido a la vista el Libro número 01-04-08, de Sesiones del Concejo Municipal, en el cual se encuentra el Acta Número 027/2,004, correspondiente a la Sesión extraordinaria de fecha 07 de Mayo de 2,004, que copiada en su parte conducente dice:

--- "ACTA NUMERO: 027/2,004. TERCERO: El honorable Concejo Municipal, del Municipio de Santa Lucía Utatlán, del Departamento de Sololá, CONSIDERANDO: Que el primer párrafo del Artículo 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece: Recursos económicos del Municipio: Las Corporaciones Municipales deberán procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos municipios, a efecto de poder realizar las obras y prestar los servicios que les sean necesarios. CONSIDERANDO: Que el primer párrafo del Artículo 3 del Código Municipal (Decreto Número 12-2002, del Congreso de la República), determina: Autonomía: En ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, este elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos. CONSIDERANDO: Que en uso de las competencias que le otorga el artículo 35 del código Municipal, ha detectado la necesidad de actualizar las tasas por servicios administrativos y por servicios públicos que presta la Municipalidad de Santa Lucía Utatlán, haciéndose necesario ajustar a la realidad los cobros de las tasas administrativas y servicios públicos que se prestan al vecindario, para fortalecer el sistema económico de la Municipalidad, que seguramente redundará en el desarrollo del municipio. POR TANTO: Con fundamento en las consideraciones efectuadas con anterioridad, y en lo que para el efecto determinan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 6, 7, 9, 33, 35, 40 y 42, del Decreto número 12-2002, (Código Municipal), el honorable Concejo Municipal, por unanimidad de votos de sus integrantes

 
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