ACUERDO MINISTERIAL SP-M-239-2004
Crea los Programas de atención a las Personas del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
*Derogado por el artículo 7 del Acuerdo Ministerial 461-2012 del Ministro de Saluud Pública y Asistencia Social de fecha 13-06-2012.
ACUERDO MINISTERIAL SP-M-239-2004
Guatemala, 06 de enero de 2004
EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y
ASISTENCIA SOCIAL
CONSIDERANDO:
Que por mandato contenido en los Artículos 93, 94 y 95 de la Constitución Política de la República, es obligación del Estado desarrollar las acciones necesarias en cuanto a la planificación y ejecución de los programas de salud dirigido a los guatemaltecos y a las guatemaltecas a efecto de tener una adecuada calidad de vida y condiciones para su desarrollo.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 9 del Código de Salud, Decreto número 90-97 del Congreso de la República, establece que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social tendrá la función y responsabilidad de organizar, dirigir la ejecución de las políticas, planes y programas para la entrega de servicios de salud a la población.
CONSIDERANDO:
Que todo ser humano tiene derecho a la salud, lo que significa disfrutar de un equilibrio biológico y social, que constituya un estado de bienestar en relación con el medio que lo rodea, implicando el poder tener acceso a los servicios que permitan el mantenimiento o la restitución del bienestar físico, mental y social.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 inciso a) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 inciso m) del Decreto número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo."
ACUERDA:
La siguiente:
CREACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA
SOCIAL
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