ACUERDO MINISTERIAL  SP-M-239-2004

Crea los Programas de atención a las Personas del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

*Derogado por el artículo 7 del Acuerdo Ministerial 461-2012 del Ministro de Saluud Pública y Asistencia Social de fecha 13-06-2012.

ACUERDO MINISTERIAL SP-M-239-2004

Guatemala, 06 de enero de 2004

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y
ASISTENCIA SOCIAL

CONSIDERANDO:

Que por mandato contenido en los Artículos 93, 94 y 95 de la Constitución Política de la República, es obligación del Estado desarrollar las acciones necesarias en cuanto a la planificación y ejecución de los programas de salud dirigido a los guatemaltecos y a las guatemaltecas a efecto de tener una adecuada calidad de vida y condiciones para su desarrollo.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 9 del Código de Salud, Decreto número 90-97 del Congreso de la República, establece que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social tendrá la función y responsabilidad de organizar, dirigir la ejecución de las políticas, planes y programas para la entrega de servicios de salud a la población.

CONSIDERANDO:

Que todo ser humano tiene derecho a la salud, lo que significa disfrutar de un equilibrio biológico y social, que constituya un estado de bienestar en relación con el medio que lo rodea, implicando el poder tener acceso a los servicios que permitan el mantenimiento o la restitución del bienestar físico, mental y social.

POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 inciso a) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 inciso m) del Decreto número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo."

ACUERDA:

La siguiente:

CREACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA
SOCIAL

 
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