DECRETO LEY  53-82

Delega en las autoridades nominadoras que señalan los incisos 2) y 3) del artículo 29 del Decreto del Congreso número 1748 Ley de Servicio Civil, referente al nombramiento y remoción de los empleados del servicio por oposición.

DECRETO LEY NUMERO 53-82

El Presidente de la República,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo que establece el artículo 26, numeral 5, literales a) y c), del Estatuto Fundamental de Gobierno, es función ejecutiva del Presidente de la República nombrar y remover a los funcionarios y empleados de los organismos del Estado y de todas las entidades descentralizadas, autónomas y semiautónomas, así como cualquiera otra estatal, con excepción de la Universidad de San Carlos de Guatemala;

CONSIDERANDO:

Que para dinamizar la designación y la remoción de los servidores públicos, así como establecer los procedimientos técnicos más eficientes en lo que respecta al ejercicio de la función ejecutiva específicamente señalada en el considerando anterior, es necesario dictar las normas legales tendientes a la consecución de dichos objetivos,

POR TANTO,

En el ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 4º. Y los incisos 14 y 5, literales a) y c) del artículo 26 del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por el Decreto Ley número 36-82,

DECRETA;

 
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