ACUERDO GUBERNATIVO  697-2003

Crea la Autoridad para el manejo y desarrollo sostenible de la cuenca del lago Petén Itzá.

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 697-2003

Guatemala, 29 de octubre de 2003

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que la Cuenca del Lago Petén Itzá colinda con el área de amortiguamiento de la Reserva de Biosfera Maya -RBM-, y que por sus características especiales, cuenta con riqueza extraordinaria en flora y fauna única en el Continente Americano, constituyéndose en uno de los principales atractivos turísticos del país por lo que es concurrida por gran número de turistas nacionales y extranjeros. En consecuencia, dicha cuenca requiere de una entidad pública específica que se dedique a la vigilancia, monitoreo y control de las actividades que se realizan en su área, para asegurar el adecuado uso de las aguas, prevenir y revertir efectos negativos sobre el equilibrio del ecosistema del mismo, que afectan el potencial social, económico y cultural para el desarrollo sostenible del departamento de Petén.

CONSIDERANDO:

Que es deber del Estado velar por la protección y conservación de los recursos naturales, como lo son los lagos en particular y los recursos hídricos en general, como parte del patrimonio natural del país; por lo que es procedente que el Gobierno de la República emita las disposiciones legales para crear la Autoridad para el Manejo y Desarrollo Sostenible de la Cuenca del Lago Petén Itzá, a fin de conservar el equilibrio ecológico y prevenir la contaminación ambiental.

CONSIDERANDO:

Que la creación de la Autoridad para el manejo y Desarrollo Sostenible de la Cuenca del Lago Petén Itzá, es un proyecto piloto y mecanismo innovador a través del cual se propone un nuevo modelo de desarrollo sostenible participativo de acuerdo a las disposiciones de la Ley General de Descentralización, de la Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural y del Código Municipal, en el que se propone utilizar a la Cuenca Hidrográfica como una "unidad de diagnóstico, planificación estratégica y gestión participativa integral", con la finalidad de enfrentar los retos de la región.

POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) y con fundamento en el artículo 97, ambos de la Constitución Política de la República de Guatemala,

ACUERDA:

CREAR LA AUTORIDAD PARA EL MANEJO Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE
LA CUENCA DEL LAGO PETÉN ITZÁ.

 
...
Consultas:
  • Buscado: 6,388 veces.
  • Ficha Técnica: 111 veces.
  • Imagen Digital: 103 veces.
  • Texto: 111 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 12 veces.
  • Formato Word: 29 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu