ACUERDO MINISTERIAL  5-87

Reforma el Acuerdo Ministerial 1-71, Reglamento para el Trámite y Control de Autorizaciones para la Contratación de Trabajadores de Nacionalidad

ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 5-87

Palacio Nacional: Guatemala, 9 de marzo de 1987.

La Ministro de Trabajo y Previsión Social,

CONSIERANDO:

Que el artículo 2°, inciso 5 del Acuerdo Ministerial número 1-71 del 7 de enero de 1971, que contiene el Reglamento para el Trámite y Control de Autorizaciones para la Contratación de Trabajadores de Nacionalidad Extranjera, le da competencia de este Despacho para autorizar la contratación de personal extranjero dedicado al arte musical o escénico y fija los requisitos que deben cumplir los interesados para obtener el permiso correspondiente;

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con las disposiciones contenidas en el Acuerdo del Ministerio de Educación de fecha 25 de octubre de 1983, y las atribuciones asignadas al Ministerio de Cultura y Deportes, le corresponde a este último la función para el control de la actividad artística en el territorio nacional de todos los artistas, grupos artísticos, integrantes de conjuntos musicales, del arte escénico, tanto de nacionalidad guatemalteca como extranjera, por lo que es necesario dictar la disposición derogatoria correspondiente y restituir tal actividad a la competencia del Ministerio de Cultura y Deportes,

POR TANTO,

Con fundamento en lo establecido en el artículo 194 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y artículo 1°, numeral 1° del Decreto 1117 del Congreso de la República,

ACUERDA:

 
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