ACUERDO MINISTERIAL  52-2003

Reglamento de Funcionamiento del Consejo Consultivo de Ambiente y Recursos Naturales

Reglamento de Funcionamiento del Consejo Consultivo de Ambiente y Recursos Naturales

ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 52-2003

Guatemala, 10 de marzo de 2003

El Ministro de Ambiente y Recursos Naturales,

CONSIDERANDO:

Que mediante El Acuerdo Ministerial No. 147 de fecha 14 de noviembre 2002, se crea dentro del esquema del Sector Público de Ambiente y Recursos Naturales, el Consejo Consultivo de Ambiente y Recursos Naturales.

CONSIDERANDO:

Que con base en el acuerdo del reglamento interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, Acuerdo Gubernativo 186-2001, capitulo II, artículo 4, inciso VI, mediante acuerdo Ministerial, se debe emitir las normas reglamentarias para el funcionamiento del Consejo Consultivo de Ambiente y Recursos naturales.

CONSIDERANDO:

Que el presente reglamento interno del consejo Consultivo de Ambiente y Recursos Naturales, fué sometido a revisión y aprobación por los integrantes del Consejo.

POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículo 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala, Decreto 90-2000 del Congreso de la República, Acuerdo Gubernativo 186-2001 Reglamento Interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.

ACUERDA

El siguiente: Reglamento de funcionamiento del Consejo Consultivo de Ambiente y Recursos Naturales.

CAPITULO I
DEL OBJETIVO

 
...
Consultas:
  • Buscado: 4,206 veces.
  • Ficha Técnica: 74 veces.
  • Imagen Digital: 74 veces.
  • Texto: 73 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 2 veces.
  • Formato Word: 7 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu