ACUERDO 106-2003
Reforma al Acuerdo Número 184-2001, Reglamento Administrativo de Gestores Tributarios
*Derogado por el artículo 28 de la Resolución SAT-DSI-859-2022
ACUERDO No. 106-2003
EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
CONSIDERANDO:
Que derivado de la aplicación del Acuerdo Número 184-2001 del Superintendente de Administración Tributaria, de fecha 24 de octubre de 2001, Reglamento Administrativo de Gestores Tributarios, se ha determinado la necesidad de proceder a su reforma, con el fin de garantizar y facilitar a la administración tributaria, a los contribuyentes y a los Gestores Tributarios, la obtención de resultados adecuados al ordenamiento jurídico guatemalteco.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22 y 23 del Decreto Número 1-98 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria, el Superintendente de Administración Tributaria es la autoridad administrativa superior y el funcionario ejecutivo de mayor nivel jerárquico de la SAT, a quien le corresponde entre otras funciones, ejecutar la política de administración tributaria, los actos que sean competencia de la SAT; y, planificar, dirigir, supervisa y controlar el correcto funcionamiento de la Institución.
POR TANTO:
Con base en las funciones que le confieren los artículos 22, 23 incisos a), b), e) y p) y 29 del Decreto número 1-98 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria; y los artículos 15 y 16 del Acuerdo número 2-98 del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria, Reglamento Interno de la Superintendencia de Administración Tributaria.
ACUERDA:
Las siguientes:
REFORMAS AL ACUERDO NÚMERO 184-2001 DEL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, DE FECHA 24 DE OCTUBRE DE 2001, REGLAMENTO ADMINISTRATIVO DE GESTORES TRIBUTARIOS
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