ACUERDO MINISTERIAL  SP-M-031-2003

Norma Sanitaria para la Autorización, Vigilancia y Control de Empresas Controladoras de Plagas Domésticas.

ACUERDO MINISTERIAL SP-M-031-2003

Guatemala, 31 enero 2003

El Ministro de Salud Pública y Asistencia Social,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala obliga a velar por la salud de todos los guatemaltecos y que de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 121 y 123 DEL Código de Salud, Decreto 90-97 del Congreso de la República, corresponde al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social por medio de sus dependencias, ejercer vigilancia y control de los establecimientos que comprenden la clasificación descrita en el artículo 71 del Acuerdo Gubernativo 712-99, incluyendo las empresas fumigadoras.

POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 26 incisos c) y d) y 29 del Acuerdo Gubernativo No. 115-99 que contiene el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

ACUERDA:

Emitir la:

NORMA SANITARIA PARA LA AUTORIZACIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE EMPRESAS CONTROLADORAS DE PLAGAS DOMESTICAS.

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

 
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