DECRETO LEY 3-85
Ley Orgánica del Instituto Nacional de Estadística.
DECRETO-LEY NÚMERO 3-85
EL JEFE DE ESTADO,
CONSIDERANDO:
Que para la eficiente formulación, ejecución y evaluación de los planes y programas de trabajo de los Organismos del Estado y de las entidades públicas y privadas, es necesario disponer de información estadística exacta y oportuna sobre la realidad económica y social del país;
CONSIDERANDO:
Que la planificación, recolección, procesamiento, análisis y divulgación de las estadísticas oficiales, debe realizarse en forma racional, unitaria y obligatoria, y que la legislación en vigor no responde adecuadamente a esas finalidades, de lo que se deriva la necesidad de crear una entidad estatal descentralizada semiautónoma, emitiendo para el efecto la disposición legal correspondiente,
POR TANTO,
En el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 4º del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los Decretos-Leyes números 36-82 y 87-83,
DECRETA:
La siguiente
LEY ORGANICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA
CAPITULO I
Creación, Naturaleza y Objeto
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