ACUERDO GUBERNATIVO AG:438-89
Reglamento de Administración de Cuotas Textiles y Prendas de Vestir
ACUERDO GUBERNATIVO No. 438-89
Palacio Nacional: Guatemala, 28 de junio d 1989.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
CONSIDERANDO:
Que el comportamiento de la actividad productiva textil y de prendas de vestir muestra en Guatemala un crecimiento acelerado en determinadas categorías, por lo que los mercados de destino recurren a las medidas de salvaguardia cuando detectan daños o amenazas a sus productos, lo que hace necesario adoptar medidas preventivas o correctivas para evitar, que reacciones en ese sentido, puedan obstaculizar el óptimo aprovechamiento de la correspondiente oferta exportable guatemalteca;
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Ley del Organismo Ejecutivo, corresponde al Ministerio de Economía el fomento, desarrollo y expansión del comercio nacional e internacional y el estudio de los mercados en relación a los productos industriales de la República; y que el sector dedicado a la productividad textil y de prendas de vestir es uno de los más dinámicos y requiere de mecanismos que aseguren la competitividad y aceptación en los mercados internacionales,
POR TANTO,
En ejercicio de la función que le confiere el Artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el Artículo 16, inciso 6 y 7 de la Ley del Organismo Ejecutivo,
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
Reglamento de Administración de Cuotas Textiles y Prendas de Vestir
Capítulo I
De las definiciones
- Buscado: 788 veces.
- Ficha Técnica: 7 veces.
- Imagen Digital: 0 veces.
- Texto: 7 veces.
- Formato PDF: 2 veces.
- Formato Word: 2 veces.