CONVENIO  0241

Protocolo que prorroga la vigencia del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana.

CARLOS MANUEL ARANA OSORIO,
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
DE GUATEMALA,

POR CUANTO:

El Honorable Congreso de la República, mediante Decreto Legislativo número 93-73, emitido el día de ayer, ha dado su aprobación al Protocolo que prorroga la vigencia del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Medidas de Emergencia de Defensa de la Balanza de Pagos), suscrito en la Ciudad de Managua República de Nicaragua, el 15 de octubre del corriente año,

POR TANTO,

En uso de las facultades que me confiere la Constitución de la República, ratifico el Protocolo que prorroga la vigencia del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Medidas de Emergencia de Defensa de la Balanza de Pagos), y mando que se publique para que se tenga como ley de la República.

En fe de la cual firmo el presente Instrumento de Ratificación, autorizado con el Sello Mayor de la República, y refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores, en la Ciudad de Guatemala, a los veintidós días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y tres.

CARLOS MANUEL ARANA OSORIO,

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES,
JORGE ARENALES CATALAN.

PROTOCOLO QUE PRORROGA LA VIGENCIA DEL PROTOCOLO AL
TRATADO GENERAL DE INTEGRACION ECONOMICA CENTROAMERICANA
(MEDIDAS DE EMERGENCIA DE DEFENSA DE LA BALANZA DE PAGOS)

Los Gobiernos de las Repúblicas de Guatemala, El Salvador, Nicaragua y Costa Rica,

CONSIDERANDO:

Que el fortalecimiento de la balanza de pagos de sus países continúa siendo un prerrequisito indispensable para mantener condiciones que permitan consolidar y hacer nuevos avances en el proceso de Integración Económica Centroamericana;

CONSIDERANDO:

Que el Protocolo al Tratado General de Integración Económica suscrito por los gobiernos centroamericanos el primero de junio de 1968, sigue siendo un instrumento necesario para alcanzar los propósitos que llevaron a su firma.

TOMANDO EN CUENTA:

Que en razón de tal necesidad los Ministros de Economía, de Hacienda o Finanzas de sus países y los respectivos miembros del Consejo Monetario Centroamericano, reunidos en la Ciudad de Managua, Nicaragua, el 24 de junio de 1973, resolvieron prorrogar la vigencia del Protocolo antes mencionado;

Han decidido suscribir el presente Protocolo Adicional al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, a cuyo efecto han designado a su respectivos plenipotenciarios, a saber;

Su Excelencia el Señor Presidente de la República de Guatemala, al señor Enrique Pellecer López.

Su Excelencia el Señor Presidente de la República de El Salvador, al señor Mario Modesto Chacón Arévalo.

La Excelentísima Junta Nacional del Gobierno de Nicaragua, al señor Alejandro Montiel Argüello .

Su Excelencia el Señor Presidente de la República de Costa Rica, al señor Noel Hernández Madrigal

quienes, después de haberse comunicado sus respectivos plenos poderes y de hallarlos en buena y, debida forma, convienen lo siguiente;

 
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