ACUERDO GUBERNATIVO  397-98

Reglamento de Gastos de Viático para el Organismo Ejecutivo y las Entidades Descentralizadas y autonómas.

*Queda derogado por el articulo 30 del ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 106-2016

ACUERDO GUBERNATIVO No. 397-98

Palacio Nacional: Guatemala, 23 de junio de 1998.

El Presidente de la República,

CONSIDERANDO:

Que el Reglamento General de Gastos de Viático emitido mediante Acuerdo Gubernativo No. 706-83 del 23 de septiembre de 1983, contiene disposiciones que no están acordes con los cambios ocurridos en la economía nacional e internacional.

CONSIDERANDO:

Que es conveniente actualizar las disposiciones relacionadas con los gastos de viático para el desempeño de comisiones oficiales del personal que presta sus servicios en el Organismo Ejecutivo y en las entidades descentralizadas y autónomas del Estado, a fin que dichas comisiones se puedan cumplir adecuadamente dentro de los márgenes de racionalidad del gasto público.

POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren las literales e) y q) del articulo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala.

ACUERDA:

Emitir el siguiente:

"REGLAMENTO DE GASTOS DE VIÁTICO PARA EL ORGANISMO EJECUTIVO Y
LAS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS Y AUTÓNOMAS DEL ESTADO"

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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