ACUERDO GUBERNATIVO  43-82

Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares

ACUERDO GUBERNATIVO No. 43-82

Palacio Nacional: Guatemala, 24 de junio de 1982.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que es necesario implementar el Decreto Ley número 25-82, instituyendo las Condecoraciones y Distintivos Militares para dignificar y estimular a los miembros del Ejército de Guatemala, por la realización de actos o servicios excepcionalmente meritorios, así como a los miembros de los Ejércitos de países amigos cuando proceda, y en determinados casos a personas civiles cuando realicen actividades u obras de singular trascendencia para la institución armada;

CONSIDERANDO:

Que para lograr los objetivos señalados en el Considerando anterior, es necesario emitir el Reglamento a la mencionada ley, cuya atribución corresponde al Presidente de la República,

POR TANTO,

En el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 4º. 26 inciso 10, 90 numeral 2) y 93 del Estatuto Fundamental de Gobierno modificado por el Decreto Ley número 36-82 y con base en lo que al efecto determinan los artículos 2º. Y 3º. Del Decreto Ley número 25-82,

ACUERDA:

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO DE CONDECORACIONES
Y DISTINTIVOS MILITARES

I. GENERALIDADES:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 8,144 veces.
  • Ficha Técnica: 228 veces.
  • Imagen Digital: 7 veces.
  • Texto: 227 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 24 veces.
  • Formato Word: 34 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu