DECRETO DEL CONGRESO  133-97

Se Deroga El Decreto Numero 32-88 Del Congreso De La Republica Y Cualquiera Otra Ley O Disposición Legal Anterior Al Año 1996 Que Conceda Amnistía Por Delitos Políticos Y Comunes Conexos Cometidos Por Cualquier Persona Y En Cualquier Tiempo.

DECRETO NUMERO 133-97

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que los guatemaltecos de buena voluntad esperamos desde hace mucho tiempo la finalización del conflicto armado interno, que durante 36 años desangró inútilmente a la Nación.

CONSIDERANDO:

Que luego de la firma de la paz en diciembre de 1,996 y la promulgación del Decreto Número 145-96 del Congreso de la República, Ley de Reconciliación Nacional es conveniente evitar el sostenimiento de figuras que alienten la impunidad y polaricen más a la sociedad guatemalteca.

CONSIDERANDO:

Que la discusión de este tema debe darse con toda transparencia y con la mayor participación posible, a efecto de evita la creación de una figura que aliente la impunidad y polarice aún más a la sociedad guatemalteca.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la literal a) del artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala.

DECRETA:

 
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