DECRETO DEL CONGRESO  4-72

Exoneración de Tasas Fiscales en el Orden Postal y Telegráfico

DECRETO NUMERO 4-72

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la República está interesado en modernizar los servicios públicos, entre ellos los de Correos y Telégrafos, para que se presten en forma más eficiente de acuerdo con las necesidades de la época actual;

CONSIDERANDO:

Que la concesión excesiva de franquicias postales y telegráficas a entidades públicas y privadas merma considerablemente los ingresos fiscales en tales conceptos, incidiendo indirectamente en los propios servicios, ya que la insuficiencia de fondos del erario nacional impide su adecuada tecnificación;

CONSIDERANDO:

Que en las distintas administraciones de Gobierno se han otorgado franquicias en el orden postal y telegráfico de manera irrazonada y en tal exceso, que existen muchas sin fundamento legal suficiente, anulando en perjuicio de los intereses fiscales el objetivo para el cual fueron creadas, lo que hace indispensable normar las excepciones en forma atinada,

POR TANTO,

Con fundamento en el artículo 170, inciso 1º de la Constitución de la República,

DECRETA:

 
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