DECRETO DEL CONGRESO 54-92
Reformas a la Ley de Transformación Agraria
DECRETO NUMERO 54-92
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el régimen del patrimonio familiar a que están sujetos los bienes que otorga el Instituto nacional de Transformación Agraria, a los campesinos, tiene por objeto tutelar el ejercicio del derecho de propiedad del adjudicatorio con fines de consolidación y de proyección social, pero el mismo debe tener un límite de vigencia adecuada para que el adjudicatorio ejerza a plenitud los derechos inherentes a la propiedad absoluta.
CONSIDERANDO:
Que el régimen de patrimonio familiar constituye una limitación a los derechos del propietario que frena la productividad y el correcto desarrollo social y económico de los parcelamientos y de los adjudicatarios, creando además, una carga innecesaria e inconveniente para el Instituto Nacional de Transformación Agraria, que le impide ejecutar nuevos programas y cumplir adecuadamente con los propósitos para los cuales fue creado.
CONSIDERANDO:
Que es conveniente cambiar los procedimientos para que se garanticen la emisión y entrega de los títulos de propiedad que otorga el Instituto nacional de Transformación Agraria, a los beneficios de sus programas.
POR TANTO,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere los Artículos 67, 119 y 171 literal a) y j) todos de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
Las siguientes:
REFORMAS A LA LEY DE TRANSFORMACION AGRARIA CONTENIDA EN EL
DECRETO 1551 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA REFORMADA POR EL DECRETO 27-80
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