DECRETO LEY  77-83

Reforma al Decreto Número 536, Ley de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Fermentadas

DECRETO LEY NUMERO 77-83

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que es precedente modificar las normas por medio de las cuales fueron establecidas las cuotas mensuales que en concepto de Impuesto de Patentes Fiscales pagan los establecimientos dedicados a la venta de licores, toda vez que han permanecido vigentes e inalterables, desde el año 1948;

CONSIDERANDO:

Que estudios reciente señalan la conveniencia de incrementar el monto de las cuotas indicadas en el Considerando anterior, en congruencia con la naturaleza y ubicación del negocio de que se trate, para cuya finalidad es necesario dictar en ese sentido la correspondiente disposición legal.

POR TANTO:

En el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 4º. Y 26, incisos 6º. y 14 del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por el Decreto Ley número 36-82,

DECRETA:

Las siguientes:

MODIFICACIONES AL DECRETO 536 DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA,
LEY DE ALCOHOLES, BEBIDAS ALCOHOLICAS Y FERMENTADAS.

 
...
Consultas:
  • Buscado: 4,078 veces.
  • Ficha Técnica: 83 veces.
  • Imagen Digital: 3 veces.
  • Texto: 83 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 8 veces.
  • Formato Word: 11 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu