ACUERDO GUBERNATIVO  AG:04/07/1980

Reglamento de la Ley de Tabacos y sus Productos


REGLAMENTO DE LA LEY DE TABACOS Y SUS PRODUCTOS

Palacio Nacional: Guatemala, 4 de julio de 1980.

El Presidente de la República,

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario dictar las disposiciones reglamentarias para lograr la mejor aplicación de los preceptos contenidos en el Decreto 61-77 del Congreso de la República, Ley de Tabacos y sus Productos, a fin de cumplir con lo que establece el Artículo 58 de dicha Ley,

POR TANTO,

En uso de las facultades que le confiere el artículo 189, inciso 4°. de la Constitución de la República; y con base en el artículo 58 del Decreto 61-77 del Congreso de la República,

ACUERDA:

El siguiente

REGLAMENTO DE LA LEY DE TABACOS Y SUS PRODUCTOS


CAPITULO I
Disposiciones generales

 
...
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