DECRETO GUBERNATIVO  1228


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Todos los talonarios de las oficinas que manejen fondos públicos o municipales, deben ser remitidos para su autorización y registro, antes de ponerlos en uso, a la Dirección General de Cuentas. Otras disposiciones.

Ficha Técnica
TIPO DE DOCUMENTO DECRETO GUBERNATIVO 
NUMERO DEL DOCUMENTO 1228 
FECHA DE EMISION 16/12/1931 
CONTENIDO Todos los talonarios de las oficinas que manejen fondos públicos o municipales, deben ser remitidos para su autorización y registro, antes de ponerlos en uso, a la Dirección General de Cuentas. Otras disposiciones. 
EMISOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 
ENTIDAD ASIGNADA  
FUENTE Recopilación de Leyes de Guatemala Tómo: 50 Número: -- Página: 304
MATERIA DEL DERECHO --- 
Fechas
  Publicado 18/12/1931 
Vigente 00/00/0000 
  Congreso 00/00/0000 
  Ejecutivo 00/00/0000 
Reformado 00/00/0000 
Derogado 00/00/0000 
Otros
Efectos Producidos por la Ley --
Efectos Producidos a la Ley --
Temas --
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