ACUERDO GUBERNATIVO  538-2003

Acepta la donación que a título gratuito, libre de gravámenes, anotaciones y limitaciones que puedan afectar los derechos del donatario, hace el Instituto Nacional de Electrificación -INDE- a favor del Estado de Guatemala.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 538-2003

Guatemala, 18 de septiembre de 2003


EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA


CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ELECTRIFICACION -INDE-, mediante resolución contenida en el punto tercero del acta número 67-2002 de fecha 10 de octubre de 2002, modificada por resolución contenida en el punto cuarto del acta 25-2003 de fecha 6 de mayo de 2003, ambas del Consejo Directivo, resolvió donar a titulo gratuito, libre de gravámenes, anotaciones y limitaciones al Estado de Guatemala y para ser adscrita al Fondo Nacional Para La Paz -FONAPAZ- como ejecutora del proyecto, para la construcción del Instituto Tecnológico del Sur, dos áreas de terreno de 46,610.45 y 111,451.72 metros cuadrados cada una, a ser desmembradas de la finca matriz denominada Jurún y Anexos, inscrita en el Registro General de la Propiedad con el número 18353, folio 106 del libro 116 de Escuintla, ubicada en San Cristóbal, municipio de Palín, departamento de Escuintla.


CONSIDERANDO:

Que la donación relacionada en el considerando anterior, es conveniente para los intereses del Estado, ya que constitucionalmente la educación científica, la tecnológica y la humanística constituyen objetivos que el Estado deberá orientar y ampliar permanentemente, razones por las cuales es procedente aceptarla y emitir la correspondiente disposición legal.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los artículos 2 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; 53 del Decreto número 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto; 1 literal b) del Acuerdo Gubernativo número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 39 y 40 numeral 10 del Acuerdo Gubernativo número 382-2001, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas; así como lo dispuesto en los artículos 1855, 1857, 1862 y 1863 del Decreto-Ley número 106, Código Civil.


ACUERDA:

 
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