DECRETO DEL CONGRESO  9-96

Aprueba el Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales, conforme las disposiciones de la Constitución política de la República de Guatemala.


DECRETO NÚMERO 9-96


El Congreso de la República de Guatemala


CONSIDERANDO:

Que sobre el referido convenio se recabaron opiniones del Ministerio de Salud Pública, del Instituto Nacional de Transformación Agraria, la Procuraduría de los Derechos Humanos, la Comisión Especial de Atención a Refugiados y Repatriados, del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, el Ministerio de Energía y Minas, Ministerio de Educación, el Organismo Judicial, Ministerio de Trabajo y Previsión Social, el Ministerio de Desarrollo, Ministerio de la Defensa y del Ministerio de Relaciones Exteriores, las cuales fueron en su mayoria favorable a su aprobación.


CONSIDERANDO:

Que a tráves de la consulta a los pueblos mayas sobre el Convenio Número 169 se estableció que existe consenso en cuanto que se debe aprobar el convenio referido, porque el mismo fortalece la convivencia pacífica, dentro de un marco jurídico de igualdad en una sociedad pluricultural, multilingüe multiétnica.


CONSIDERANDO:

Que habiendo la Corte de Constitucionalidad emitido, con fecha 18 de mayo de 1995, opinión favorable al respecto y de conformidad con la Constitución Política de la República, corresponde al Congreso aprobar los convenios y acuerdos internacionales, siempre que no sean contrario a los principios constitucionales y legales vigentes.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confieren las literales a) y l) del artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala,


DECRETA:

 
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