ACUERDO COM-56-2023
Reglamento del servicio público de agua.
ACUERDO No. COM-56-2023
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA
CONSIDERANDO
Que de conformidad con los mandatos y competencias establecidas en la Constitución Política de la República de Guatemala y el Código Municipal Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas, el Concejo Municipal, tiene competencia para emitir las ordenanzas y reglamentos de su municipio, a efecto de garantizar la prestación de los servicios públicos locales, obtener y disponer de sus recursos, entre otros, para coadyuvar a garantizar el bien común de sus vecinos.
CONSIDERANDO
Que por disposición legal, le corresponde a la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala -EMPAGUA-, la prestación del servicio público de agua dentro del municipio de Guatemala y sus áreas de influencia, en tal sentido, para garantizar la referida prestación del servicio público, es necesario, útil e indispensable, tener elementos que den certeza y seguridad jurídica a EMPAGUA y a sus usuarios, dentro de las relaciones jurídicas de prestación y contra prestación del servicio público de agua.
CONSIDERANDO
Que es necesario actualizar el Reglamento del Servicio Público de Agua a cargo de la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala -EMPAGUA-, dentro del municipio de Guatemala, sus áreas de influencia y a todos sus usuarios, atendiendo en tal sentido, los aspectos técnicos, administrativos y legales necesarios para garantizar la referida prestación del servicio público.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado y lo dispuesto en los artículos 253 inciso b) y c), 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 6, 33, 34, 35 inciso i), 42, 67, 72,100 incisos e) y f), del Código Municipal según Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas.
ACUERDA
Emitir el siguiente,
REGLAMENTO DEL SERVICIO PÚBLICO DE AGUA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
- Buscado: 1,853 veces.
- Ficha Técnica: 68 veces.
- Imagen Digital: 66 veces.
- Texto: 42 veces.
- Formato PDF: 9 veces.
- Formato Word: 13 veces.