ACUERDO  COM-18-2022

Se acuerda condonar el (100%) de los intereses por mora de las multas de tránsito impuestas por la Policía Municipal de Tránsito de la Municipalidad de Guatemala del año 2014 hasta el 30 de junio de 2022.


ACUERDO COM-18-2022


El CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala prevé que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas y que, entre otras funciones, les corresponde atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios; y para tal efecto emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos; y que conforme el Código Municipal, el Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales, siendo el responsable del ejercicio de la autonomía municipal.


CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad de Guatemala, por medio de su Concejo Municipal, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 105 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas, se encuentra legitimada para eximir de pago arbitrios o tasas, así como condonar o rebajar multas y recargos por falta de pago de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos.


POR TANTO:

Con base en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República; 3,9,33,35 y 42 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas.


ACUERDA:


CAPÍTULO I
MULTAS DE TRÁNSITO

 
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