ACUERDO MINISTERIAL  159-2022

Reformas al Acuerdo Ministerial 158-2022 del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, de fecha 11-05-2022, que contiene el Sistema de Alertas Sanitarias para la apertura a la nueva normalidad.

*Por error de diagramación se consignó Acuerdo Ministerial Número 159-2021, siendo lo correcto Acuerdo Ministerial Número 159-2022.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 159-2022*

Guatemala, 12 de mayo de 2022


EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL


CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la salud es un derecho fundamental del ser humano, sin discriminación alguna, debiendo el Estado velar por la salud y la asistencia social de todos los habitantes, desarrollando a través de sus instituciones acciones de prevención, a fin de procurarles el más completo bienestar físico. Que la salud de los habitantes de la nación es un bien público y todas las personas e instituciones están obligadas a velar por su conservación y restablecimiento.


CONSIDERANDO

Que el Código de Salud establece que corresponde al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social la rectoría del Sector Salud, entendida esta como la conducción, regulación, vigilancia, coordinación y evaluación de las acciones e instituciones de salud a nivel nacional y que para cumplir con las funciones anteriores, tiene las más amplias facultades para ejercer todos los actos y dictar todas las medidas que conforme a las leyes, reglamentos y demás disposiciones del servicio, competen al ejercicio de su función; y, en caso de epidemia, conjuntamente con las demás instituciones del Sector y otros sectores involucrados, deberá emitir las normas y procedimientos para proteger a la población, en virtud de lo cual, ante la vigencia del Acuerdo Ministerial Número 158-2022 de fecha 11 de mayo de 2022, se hace necesario incorporar a los efectos de la apertura a la nueva normalidad a otros sectores, deviniendo por ello necesario la emisión del presente Acuerdo Ministerial, el cual es de estricto interés del Estado.


POR TANTO

En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los Artículos 93, 94 y 95 de ese mismo cuerpo legal; 27 literales a), f) y m) del Decreto Número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; 3, 4, 9 literal a) y 58 del Decreto Número 90-97, Código de Salud, ambos Decretos del Congreso de la República de Guatemala; y 1 del Acuerdo Gubernativo 114-2022 del Presidente de la República en Consejo de Ministros, de fecha 10 de mayo de 2022.


ACUERDA

Las siguientes:


REFORMAS AL ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 158-2022 DEL MINISTERIO
DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL, DE FECHA 11 DE MAYO DE
2022, QUE CONTIENE EL SISTEMA DE ALERTAS SANITARIAS Y
DISPOSICIONES SANITARIAS PARA LA APERTURA A LA NUEVA
NORMALIDAD

 
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