ACUERDO MINISTERIAL 260-2013
Se otorga autorización definitiva a la entidad Oxec, S.A., para la instalación de la Central Generadora Hidroeléctrica, facultando para utilizar bienes de dominio público, proyecto "Hidroeléctrica Oxec"
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 260-2013
Guatemala, 07 de agosto de 2013
EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS
CONSIDERANDO:
Que ante el Ministerio de Energía y Minas, fue presentada por parte de la entidad Oxec, Sociedad Anónima, a través de su Gerente General y Representante Legal, señor José Ernesto Batres González, solicitud de autorización definitiva para utilizar bienes de dominio público para la Instalación de la Central Generadora denominada "Hidroeléctrica Oxec", con una capacidad instalada de 25.5 MW, ubicada en el municipio de Cahabón, departamento de Alta Verapaz, para utilizar el caudal del rio Oxec, en las siguientes cotas: máxima 230.00 m.s.n.m y mínima 100.917 m.s.n.m, con desfogue sobre el río Cahabón en la cota 96.9 m.s.n.m., por el plazo de cincuenta años, conteniendo la misma la respectiva información técnica y legal aplicable al caso;
CONSIDERANDO:
Que de conformidad a lo regulado en la Ley General de Electricidad y su Reglamento, la referida solicitud fue debidamente calificada, estableciéndose que llena los requisitos técnicos y legales, de acuerdo a las actuaciones que obran en el expediente; por lo que se hace necesaria la emisión del correspondiente Acuerdo Ministerial de Autorización Definitiva;
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 1, 3, 6, 7, 8, 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18,19 y 21 de la Ley General de Electricidad; 4, 9 y 14 del Reglamento de la Ley General de Electricidad; 65 de la Ley de Contrataciones del Estado; 22, 27 literal m) y 34 de la Ley del Organismo Ejecutivo; 4 literal h) y 6 literal b) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas; y Acuerdo Ministerial número AG- 110-2002 del 4 de julio de 2002 del Ministerio de Energía y Minas;
ACUERDA:
- Buscado: 7,816 veces.
- Ficha Técnica: 47 veces.
- Imagen Digital: 47 veces.
- Texto: 40 veces.
- Formato PDF: 10 veces.
- Formato Word: 8 veces.