ACUERDO GUBERNATIVO  313-2011

Reformas al Acuerdo Gubernativo 8-2011, Reglamento para el Establecimiento y Control de los Límites de Radiaciones no Ionizantes.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 313-2011

Guatemala, 26 de septiembre del 2011


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que por medio de Acuerdo Gubernativo Número 8-2011, de fecha doce de enero del dos mil once, se emitió el Reglamento para el Establecimiento y Control de los Límites de Radiaciones no Ionizantes;


CONSIDERANDO:

Que al citar los límites, en función de campos eléctricos y magnéticos variables en el tiempo, expresados como valores cuadráticos medios, medidos en campos no perturbados, alteran los rangos establecidos en el objeto del reglamento, lo que hace imperativo dictar el instrumento jurídico que reforme al Acuerdo Gubernativo citado en el considerando anterior;


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los Artículos 27 literal k) de la Ley del Organismo Ejecutivo y 209 y 244 del Código de Salud,


ACUERDA:

Emitir las siguientes,


REFORMAS AL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 8-2011, REGLAMENTO
PARA EL ESTABLECIMIENTO Y CONTROL DE LOS LÍMITES DE
RADIACIONES NO IONIZANTES

 
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