ACUERDO GUBERNATIVO  1027-83

Reglamento para el Otorgamiento de Matricula Escolar del Nivel de Educación Media

ACUERDO GUBERNATIVO No. 1027-83

FECHA: 8 DEDICIEMBRE DE 1983

EL JEFE DE ESTADO EN FUNCIONES

CONSIDERANDO:

Que es función del Estado a través del Ministerio de Educación, formular, aprobar y dirigir la política educativa del país, para cuya finalidad es procedente revisar las distintas disposiciones legales aplicables, a fin de adecuarlas a la actual realidad nacional.

CONSIDERANDO:

Que para la realización parcial de los objetivos enunciados en el considerando anterior, es necesario dictar la respectiva disposición legal modificando el procedimiento para otorgar las matrículas escolares del nivel de educación media, tanto en los establecimientos oficiales como en los particulares.

POR TANTO:

En ejercicio de las facultades que reconfiere el artículo 4o. del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los Decretos Leyes números 36-82 y 83-83; con fundamento en el Decreto Ley número 147-83 y con base en los artículo 2o., 47 y 48 de la Ley de Educación Nacional, Decreto 73-76 del Congreso de la República,

ACUERDA:

Aprobar el siguiente:

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE MATRICULA ESCOLAR DEL NIVEL DE EDUCACION MEDIA

 
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