ACTA MUNICIPAL  008-2024.2

Se acuerda condonar el 100% de las multas generadas por los contribuyentes por la omisión en el pago del Impuesto Único Sobre Inmuebles en el tiempo previsto por la ley.


ACTA NÚMERO 008-2024 PUNTO SEGUNDO

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DEL MUNICIPIO DE TIQUISATE, DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA, CERTIFICA: que para el efecto ha tenido a la vista el acta número CERO CERO OCHO GUION DOS MIL VEINTICUATRO (008-2024) de fecha miércoles doce de junio del año dos mil veinticuatro, en hojas movibles, autorizadas por la Contraloría General de Cuentas, para el uso de actas, de Sesiones Extraordinarias del Honorable Concejo Municipal, donde se aprobó el punto resolutivo número SEGUNDO que, copiado en su parte conducente dice: PRIMERO..., SEGUNDO...:

POR TANTO: Con base en lo considerado y en lo preceptuado en los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 33, 35 literal i), 37, 40, 42, y 105 del Decreto 12-2002 del Congreso de la República y sus Reformas (Código Municipal) y 2 y 28 del Decreto Legislativo 15-98 (Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles -IUSI-), por todo lo antes expuesto, el Honorable Concejo Municipal al deliberar y resolver, por unanimidad de votos


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