RESOLUCIÓN  J.D. No. 96/22/2024

Se acuerda aprobar el Código de Ética de la Zona Libre de Industria y Comercio "Santo Tomás de Castilla".


RESOLUCIÓN J.D. No. 96/22/2024


LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ZONA LIBRE DE INDUSTRIA Y COMERCIO
"SANTO TOMÁS DE CASTILLA"


CONSIDERANDO:

Que según el Artículo 1°, de la Ley Orgánica de ZOLIC, Decreto 22-73 del Congreso de la República de Guatemala. Se crea una Zona Libre con los fines de promover el desarrollo industrial y comercial del país con el nombre de Zona Libre de Industria y Comercio "Santo Tomás de Castilla", con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía funcional y plena capacidad para adquirir derechos y obligaciones. Su domicilio será en el Departamento de Izabal.


CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva es la autoridad máxima de la entidad y en consecuencia le corresponde la dirección general de las actividades de la misma, según Artículo 7° del Decreto 22-73 del Congreso de la República de Guatemala (Ley Orgánica de la Zona libre de Industria y Comercio "Santo Tomás de Castilla").


CONSIDERANDO:

Que el Gerencia General elevó para consideración de esta Junta Directiva, la propuesta remitida por el Departamento de Recursos Humanos, la cual contiene el proyecto de actualización del denominado Código de Ética de la Zona Libre de Industria y Comercio "Santo Tomás de Castilla" -ZOLIC-, instrumento que contiene las directrices generales, lineamientos gerenciales y principios éticos necesarios para propiciar un entorno laboral enfocado en la prevención de eventos o situaciones de riesgo en el ejercicio de las actividades laborales, con la finalidad de proteger la vida, la salud e integridad física de los trabajadores, colaboradores y visitantes de -ZOLIC-, motivo por el que deviene procedente, aprobar el Código de Ética relacionado.


CONSIDERANDO:

Que según el Artículo 16, incisos a), b) y n) del Decreto 22-73 del Congreso de la República de Guatemala (Ley Orgánica de la Zona Libre de Industria y Comercio "Santo Tomás de Castilla"), son atribuciones de la Junta Directiva: "... a) Cumplir y hacer cumplir la presente ley; ... b) Cumplir y hacer cumplir los fines y funciones de la Zona libre; y ... n) Conocer y resolver los asuntos que no sean de la competencia del Presidente de la Junta Directiva y Gerente General ...


POR TANTO:

En el ejercicio de las atribuciones que le confiere las literales a), b) y n) del Artículo 16 del Decreto 22-73 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Zona Libre de Industria y Comercio "Santo Tomás de Castilla" sus reformas y Reglamentos.


RESUELVE:

 
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