EXPEDIENTE  7193-2023 Y 7255-2023

Con lugar los planteamientos de inconstitucionalidad general parcial contra: i) la frase: "...deberá cancelar ciento cincuenta quetzales (Q.150.00) por poste instalado en forma anual" del artículo 33, y ii) el artículo 35, contenidos en el Acta 36-2023.10

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