ACTA MUNICIPAL  05-2017.9

Se acuerda fijar el Plan de tasas por la contraprestación de servicios y rentas que la Municipalidad de San Benito, departamento de Petén, presta a través de sus dependencias.


ACTA No. 05-2017 PUNTO NOVENO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN BENITO, DEPARTAMENTO DE PETEN, CERTIFICA: Que para el efecto ha tenido a la vista el libro de hojas móviles bajo el registro No. 131-2016, autorizadas por la Contraloría General de Cuentas, en donde aparece el Acta No. 05-2017 de Sesión Pública Extraordinaria celebrada por el Concejo Municipal del Municipio de San Benito, Petén de fecha diecinueve de enero del año dos mil diecisiete (19-01-2017), que copiado en su punto NOVENO: dice:

NOVENO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL, DEL MUNICIPIO DE SAN BENITO, DEPARTAMENTO DE PETÉN. CONSIDERANDO: Que es competencia del Concejo Municipal la deliberación y decisión de los asuntos municipales en la consecución del bien común de todos los habitantes de su jurisdicción y en ejercicio de la autonomía municipal es competente para la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales tal como lo indica el artículo 35 incisos a) n) i) y z) del Código Municipal. CONSIDERANDO: Que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, y por lo tanto tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, y en su caso, la determinación de tasas y contribuciones justas y equitativas, que permitan obtener los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de los servicios. CONSIDERANDO: Que la Municipalidad como entidad autónoma puede ejercer la administración de sus intereses con la sola finalidad de velar por su fortalecimiento económico, para así impulsar constantemente el desarrollo integral de su municipio. POR TANTO: Con fundamento en lo que para el efecto preceptúan los artículos 239, 254, 255 de la Constitución Política de Guatemala; 1, 2, 3, 5, 6, 7, 11, 33, 35, 42, 68 literal m), 72, 96 literal a) 99, 100, y 101 del Código Municipal;

ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 1,225 veces.
  • Ficha Técnica: 30 veces.
  • Imagen Digital: 29 veces.
  • Texto: 23 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 2 veces.
  • Formato Word: 2 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu