ACTA MUNICIPAL  32-2024.9

Se acuerda actualizar el mapa de clasificación de las zonas generales de uso del suelo, conforme al Dictamen número 001-2023 de la Junta de Ordenamiento Territorial (JOT).


CONCEJO MUNICIPAL
PUNTO 9°., ACTA NÚMERO 32-2024,
SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 24 DE JULIO DE 2024


CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, corresponde a los municipios emitir las ordenanzas y reglamentos para la obtención de recursos y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.


CONSIDERANDO

Que el artículo 142 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, establece en su primer párrafo que las municipalidades están obligadas a formular y ejecutar planes de ordenamiento territorial y desarrollo integral de sus municipios; y por consiguiente, les corresponde la función de proyectar, realizar y reglamentar la planeación, proyección, ejecución y control urbanísticos, así como la preservación y mejoramiento del entorno y el ornato; y el artículo 147 del mismo cuerpo legal en su primer párrafo establece que la municipalidad está obligada a formular y efectuar planes de ordenamiento territorial, de desarrollo integral y planificación urbana de sus municipios, el municipio de Santa Catarina Pinula, aprueba el Plan de Ordenamiento Territorial y su reglamento entrando en vigencia a partir de su aprobación.


CONSIDERANDO

Que con fecha 30 de abril del presente año el Concejo Municipal mediante resolución contenida en el punto 6to del acta No. 19-2024 aprobó entre otras cosas la ampliación de edificabilidad, ratificación y cambio de zona generales de los inmuebles que obran en el expediente administrativo número 3435-2022 y como consecuencia de dicha aprobación se genera una actualización al mapa del Plan de Ordenamiento Territorial con el objeto de modificar su ámbito de aplicación y desarrollar nuevas estrategias urbanas en el territorio.


CONSIDERANDO

Que el artículo 44 del Reglamento del Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Santa Catarina Pinula, establece que el departamento de Licencias de Construcción a través del Área de Desarrollo Urbano y Territorial, deberá mantener a disposición del público el mapa del Plan de Ordenamiento Territorial en su versión actualizada.


POR TANTO

En el ejercicio a las atribuciones que le confieren en lo que para el efecto establecen los artículos 119, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 23 Ter, 33, 35 incisos a), b), i), l) y z), 38, 40, 42, 67, 68, 142, 143 y 144 del Código Municipal; 1, 2, 4 incisos a), b), c), d), f), i), 5 Incisos a), d), k), 10 y 62 del Reglamento del Plan Ordenamiento Territorial del municipio de Santa Catarina Pinula, departamento de Guatemala.


ACUERDA:

Aprobar lo siguiente,

 
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