ACTA MUNICIPAL  025-2025.2

Se acuerda reformar el Reglamento de transporte colectivo, de carga y prestación de servicio de transporte de pasajeros buses urbanos, buses extraurbanos, taxis rotativos, del municipio de Livingston, Izabal.


ACTA NÚMERO 025-2025, PUNTO SEGUNDO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE LIVINGSTON DEL DEPARTAMENTO DE IZABAL DE CONFORMIDAD CON LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL CODIGO MUNICIPAL VIGENTE, DECRETO NUMERO 12-2002, EN SU ARTICULO 84 LITERAL "B" CERTIFICA HABER TENIDO A LA VISTA LA HOJAS MOVIBLES AUTORIZADAS POR LA CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS PARA ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL, EN LA QUE SE ENCUENTRA INSCRITO EL PUNTO SEGUNDO DEL ACTA NUMERO 025-2025, DE FECHA DOS DE ABRIL DEL 2025, QUE COPIADA EN SU PARTE CONDUCENTE DICE.


SEGUNDO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LIVINGSTON, DEPARTAMENTO DE IZABAL.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, los municipios son instituciones autónomas y dentro de sus competencias se encuentran atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, emitiendo para los efectos la ordenanzas y reglamentos respectivos.


CONSIDERANDO:

Que por imperativo constitucional, les corresponde a las Municipalidades del país la prestación de servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios y la necesidad que tiene el municipio de Livingston departamento de Izabal, regular y ordenar el transporte dentro de su jurisdicción y cumplir sus fines propios de tránsito; y siendo atributo de la Corporación Municipal, la emisión de reglamentos y ordenanzas para la organización y funcionamiento de sus dependencias de servicio.


CONSIDERANDO:

Que tal y como lo establece el Código Municipal, El Concejo Municipal emitirá su propio reglamento interno de organización y funcionamiento, los reglamentos y ordenanzas para la organización y funcionamiento de sus oficinas, así como el reglamento de personal, reglamento de viáticos y demás disposiciones que garanticen la buena marcha de la administración municipal.


POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 224, 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 1, 2, 3, 5, 9, 34, 35 literal a, b, d, i, z, 67, 68 literal c), 72, 142 literal a) del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala; 31, 32 de la Ley de Tránsito, Decreto 132-96 del Congreso de la República de Guatemala, 186 del Acuerdo Gubernativo número 273-98 Reglamento de Tránsito.

ACUERDA: Emitir las siguientes REFORMAS AL REGLAMENTO DE TRANSPORTE COLECTIVO, DE CARGA Y PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS BUSES URBANOS, BUSES EXTRAURBANOS, TAXIS ROTATIVOS, TAXIS ESTACIONARIOS, MOTOTAXIS Y BUSES ESCOLARES, DEL MUNICIPIO DE LIVINGSTON, IZABAL.

 
...
Consultas:
  • Buscado: 217 veces.
  • Ficha Técnica: 13 veces.
  • Imagen Digital: 13 veces.
  • Texto: 10 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 1 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu