ACUERDO MINISTERIAL 1406-2025
Se acuerda adicionar el artículo 5 Bis., al Acuerdo Ministerial No. 379-2025 de fecha 19 de febrero de 2025.
ACUERDO MINISTERIAL No. 1406-2025
Guatemala, 25 de agosto de 2025
EL MINISTRO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
CONSIDERANDO
Que, la Constitución Política de la República de Guatemala y el Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, faculta al Ministro de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, ejercer la autoridad portuaria a nivel nacional dentro del marco de su competencia, la obligatoriedad de organizar y coordinar sus acciones dentro del marco jurídico aplicable, por consiguiente, le corresponde dictar los acuerdos, resoluciones, y otras disposiciones de conformidad con la ley.
CONSIDERANDO
Que, el Ministro de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, por medio del Acuerdo Ministerial No. 379-2025, de fecha 19 de febrero de 2025, creó la Unidad Especial de Ejecución denominada "Unidad de Asuntos Portuarios UNAPORT", en la Dirección Superior del Ministerio de Comunicaciones Infraestructura y Vivienda, que tiene como objeto administrar, promover, regular, proyectar, formular políticas portuarias, con una duración de tres años, siendo necesario establecer la estructura funcional de puestos para el cumplimiento de sus funciones.
POR TANTO
Con base en lo considerado y en el uso de las facultades que le confiere el Artículo 194 inciso a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; los artículos 22, 23, 25, 27 literales c), d), f) y m) y 30 literal del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; artículo 6 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Comunicaciones Infraestructura y Vivienda, y Decreto Número 26-2024 Ley de la Autoridad Designada del Sistema Portuario Nacional.
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